Información fiscal: IVA: Más flexibilidad en los tipos del IVA, menos trámites burocráticos para las pequeñas empresas

29/01/2018

Comisión Europea
 
 
Comisión Europea - Comunicado de prensa

IVA: Más flexibilidad en los tipos del IVA, menos trámites burocráticos para las pequeñas empresas

Bruselas, 18 de enero de 2018

*Actualización para reflejar la traducción aprobada oficialmente por la Comisión*

La Comisión Europea ha propuesto hoy nuevas normas encaminadas a ofrecer a los Estados miembros más flexibilidad a la hora de fijar los tipos del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y crear un mejor marco fiscal que favorezca el desarrollo de las PYME.

Las propuestas presentadas hoy constituyen las últimas etapas de la revisión general por la Comisión de las normas en materia de IVA, que prevé la creación de un espacio único del IVA en la UE a fin de reducir considerablemente el fraude en materia de IVA en la UE, que representa una pérdida de 50 000 millones EUR al año, al mismo tiempo que se apoya a las empresas y se garantizan los ingresos públicos. 

Las normas comunes de la UE en materia de IVA, aprobadas por todos los Estados miembros en 1992, ya no se adaptan a la situación y son demasiado restrictivas. Dichas normas permiten a los Estados miembros aplicar tipos del IVA reducidos únicamente a unos cuantos sectores y productos. Al mismo tiempo, los países de la UE consideran que los tipos de IVA constituyen un instrumento útil para perseguir algunos de los objetivos de sus políticas. La Comisión cumple hoy su compromiso de conceder mayor autonomía a los Estados miembros en materia de tipos. A partir de ahora, los países estarán más cerca de unas condiciones de igualdad en lo que se refiere a algunas excepciones contempladas en la normativa, conocidas como excepciones en materia de IVA. 

La Comisión también aborda hoy el problema de las empresas más pequeñas que afrontan unos costes de cumplimiento de la normativa en materia de IVA desproporcionados. Las empresas que operan en otros países soportan unos costes de cumplimiento superiores en un 11 % a los de las empresas cuya actividad es solo nacional, viéndose más afectadas las empresas más pequeñas. Esto está resultando un auténtico obstáculo para el crecimiento, ya que las pequeñas empresas representan el 98 % de todas las empresas de la UE. Por ello, proponemos que se permita a más empresas disfrutar de las ventajas de una normativa en materia de IVA más simple, a la que por el momento solo pueden acogerse las empresas más pequeñas. Los costes de cumplimiento en materia de IVA se reducirán globalmente un 18 % al año. 

Valdis Dombrovskis, Vicepresidente responsable del Euro y del Diálogo Social, ha declarado: «Hace tres meses, la Comisión propuso una revisión general de la normativa en materia de IVA de la UE con vistas a establecer un régimen de IVA definitivo. Ello significa la introducción del principio de aplicar el IVA en el país de destino. Se prevé que las propuestas relativas a los tipos de IVA presentadas hoy entren en vigor una vez establecido el régimen definitivo».

Pierre Moscovici, comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, ha declarado: «Hoy damos otro paso hacia la creación de un espacio único del IVA en Europa, con normas más simples para nuestros Estados miembros y empresas. Estas propuestas darán a los países de la UE una mayor libertad para aplicar tipos reducidos del IVA a productos o servicios específicos. Al mismo tiempo, reducirán los trámites burocráticos de las pequeñas empresas que operan a nivel internacional, ayudándolas a crecer y crear empleos. En suma: unas normas comunes cuando ello sea necesario para el funcionamiento del mercado único, y una mayor flexibilidad para los Gobiernos que les permita reflejar sus preferencias de actuación en sus tipos del impuesto sobre el valor añadido».

Más flexibilidad

Los Estados miembros pueden aplicar actualmente un tipo reducido no inferior al 5 % a dos categorías distintas de productos. Una serie de Estados miembros también aplican tipos superreducidos en el marco de excepciones específicas. 

Además de un tipo normal del IVA igual o superior al 15 %, los Estados miembros podrán ahora establecer: 

  • dos tipos reducidos distintos comprendidos entre el 5 % y el tipo normal elegido; 
  • una exención del IVA («tipo nulo»); 
  • un tipo reducido comprendido entre el 0 % y los tipos reducidos. 

La compleja lista actual de bienes y servicios a los que pueden aplicarse tipo reducidos se derogaría y sería sustituida por una nueva lista de productos (tales como armas, bebidas alcohólicas, juegos de azar y tabaco) a los que siempre se aplicaría el tipo normal, igual o superior al 15 %;

Con el fin de preservar los ingresos públicos, los Estados miembros también deberán garantizar que el tipo medio ponderado del IVA sea de como mínimo el 12 %.

El nuevo régimen también significa que todos los bienes a los que actualmente se aplican tipos diferentes del tipo normal podrán conservarlos. 

Reducción de los costes de cumplimiento de la normativa en materia del IVA para las pymes

Según la normativa actual, los Estados miembros pueden eximir del IVA las ventas de las pequeñas empresas a condición de que estas no rebasen un determinado volumen de negocios anual, que varía de un país a otro. Las pymes en proceso de expansión pierden su posibilidad de acogerse a medidas de simplificación una vez que han rebasado el límite máximo para la aplicación de la exención. Asimismo, solo los operadores nacionales pueden acogerse a estas franquicias. Ello significa que no existen condiciones de igualdad para las pequeñas empresas que operan dentro de la UE.

Mientras que se mantendrían los límites máximos vigentes actualmente para la aplicación de la exención, las propuestas presentadas hoy introducirían:

  • un límite máximo de dos millones EUR de ingresos por debajo del cual las pequeñas empresas podrían acogerse a medidas de simplificación, hayan sido o no ya eximidas del IVA;
  • la posibilidad para los Estados miembros de liberar a las pequeñas empresas que pueden acogerse a una exención del IVA de las obligaciones en relación con la identificación, la facturación, la contabilidad o las declaraciones;
  • un límite máximo de volumen de negocios de 100 000 EUR en el conjunto de la UE que permitiría a las empresas que operen en más de un Estado miembro acogerse a la exención del IVA.

Estas propuestas legislativas se presentarán ahora al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo a efectos de consulta, y al Consejo para su adopción. Las modificaciones surtirán efecto únicamente cuando se haya pasado efectivamente al régimen definitivo.

Antecedentes

Las medidas propuestas desarrollan los principios fundamentales del nuevo y definitivo espacio único del IVA de la UE, propuestos en octubre de 2017, así como el Plan de acción sobre el IVA; hacia un territorio único de aplicación del IVA en la UE, presentado en abril de 2016.

El sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) desempeña un papel importante en el mercado único europeo. El IVA es una importante y creciente fuente de ingresos en la UE, que proporcionó en 2015 más de un billón de euros, esto es, el 7 % del PIB de la UE. Además, uno de los recursos propios de la UE se basa también en el IVA.

Para más información

Preguntas y respuestas sobre el IVA aplicable a las pequeñas empresas y el establecimiento de los tipos del IVA

Plan de Acción sobre el IVA - Hacia un territorio único de aplicación del IVA en la UE

Consúltanos tus dudas
Contacta
Si quieres ir rápido camina solo, si quieres llegar lejos somos tus compañeros en el camino