Práctica mecantil:¿Son las SICAV entidades de interés público a los efectos de la auditoría de cuentas?

28/02/2018

 
 
 

Hay que recordar que las SICAVS son sociedades de inversión de capital variable. Pues bien el artículo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, modificado por el Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre; incluye como Entidades de Interés Publico EIP a:

“b) Las instituciones de inversión colectiva que, durante dos ejercicios consecutivos, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, tengan como mínimo 5.000 (antes 150) partícipes o accionistas, las sociedades gestoras que administren dichas Instituciones, así como las empresas de servicios de inversión, tengan 5.000 clientes. Se incluye a empresas de servicios de inversión”.

En consecuencia, una SICAV, si supera los límites establecidos en cuanto a participes serán consideradas EIP.

Publicado por el autor en: http://gregorio-labatut.blogspot.com.es/2018/02/son-las-sicav-entidades-de-interes.html

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

 Gregorio Labatut Serer

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